AGOSTO 2012

República Dominicana y España suscriben acuerdo aéreo

Con el fin de incrementar el turismo entre ambas naciones

Los gobiernos de República Dominicana y de España han suscrito un acuerdo para aplicar un sistema de transporte aéreo internacional que ofrezca oportunidades justas y equitativas a las compañías aéreas y que incremente el turismo entre ambas naciones, según recoge el diario La Nación.

Este convenio, firmado el pasado miércoles por el ministro de Relaciones Exteriores dominicano, Carlos Morales Troncoso y el embajador de España en el país, Jaime Lacadena Higuera, permitirá a las partes contratantes el derecho a designar por escrito el número de aerolíneas que ofrecerán estos servicios en las rutas fijadas al tiempo que garantice a los usuarios el grado máximo de seguridad durante los mismos.

Por otro lado, dicho texto establece que las compañías aéreas elegidas puedan sobrevolar sin aterrizar en el territorio del otro Estado; hacer escalas para fines no comerciales así como realizarlas para embarcar o desembarcar pasajeros, correo y carga, de manera conjunta o separada, en tráfico aéreo internacional procedente o con destino al territorio de la otra parte.

A las empresas aéreas designadas de cada parte contratante se les permitirá mantener, sobre una base de reciprocidad, en el territorio de la otra, a sus representantes y al personal comercial, técnico y de operaciones que sea necesario así como oficinas, en relación con la operación de los servicios convenidos, indica el convenio.

Si en caso de circunstancias especiales fuera necesaria la entrada o la presencia de personal con carácter urgente y temporal, deberán expedirse en su caso, sin demora los permisos, visados y demás documentos requeridos por las leyes y reglamentos de cada parte para no retrasar la entrada de dicho personal en el Estado en cuestión, subraya el documento.

En el acuerdo, República Dominicana y España se han comprometido a proteger la seguridad de la aviación civil contra los actos de interferencia ilícita, de conformidad con los derechos y obligaciones que les impone el derecho internacional.

Otros aspectos contenidos en el tratado establecen las reglas que regirán sobre derechos operativos; las exenciones; cargos a las empresas aéreas; leyes y reglamentos; certificados y licencias; seguridad de las operaciones aéreas y soluciones de controversias.

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