Facturación electrónica en República Dominicana

La facturación electrónica en República Dominicana tuvo sus inicios en el año 2019, mediante un plan piloto implementado por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). Este plan incluyó la participación de diez empresas de distintos sectores, las cuales, hoy en día, son parcial o totalmente emisores electrónicos.

La autoridad tributaria ha manifestado en días pasados, que para el año 2023 la facturación electrónica será obligatoria para todos los contribuyentes. A su vez, invitó a los contribuyentes, no solo a acogerse al sistema antes de su obligatoriedad, sino también, a realizar propuestas y soluciones para hacer los ajustes necesarios de cara a la implementación obligatoria.

Las facturas con e-CF, vendrían a sustituir las facturas de papel como un equivalente en formato electrónico con la misma validez legal. En este sistema, se realizará la trasmisión de facturas o documentos entre un emisor y un receptor de manera electrónica. El proceso tiene como particularidad que el emisor electrónico deberá remitir, a tiempo real, el e-CF a la Administración Tributaria para su validación, facilitando tanto el cumplimiento tributario como la fiscalización.

El sistema de facturación electrónica facilitará a la Administración Tributaria y a los contribuyentes, respectivamente, las labores de administración, determinación y fiscalización, así como el cumplimiento de manera eficiente y oportuna con el pago de los tributos de acuerdo a las normativas vigentes del país.

El avance de la tecnología ha generado una reforma en cuanto a los sistemas de facturación tradicionales. Definitivamente, cuando hacemos referencia a este mecanismo electrónico, su implementación no solo comprende aspectos tributarios, sino también, un marco legal adecuado a las necesidades de su funcionamiento, así como la adaptación de los sistemas tradicionales a las nuevas tecnologías.

Los comprobantes fiscales electrónicos (e-CF) se caracterizan por garantizar la autenticidad e integridad de los documentos con el uso de certificados y firmas digitales, otorgándole validez legal y fiscal. La DGII ha reglamentado los comprobantes fiscales electrónicos con las normas generales 05-19 y 01-20, respectivamente. Estas normativas establecen conceptos generales de los e-CF, regulación y uso de los mismos.

Este nuevo método de control de facturación acarrea no solo un paso adelantado en nuestro sistema tributario, sino también, una serie de transformaciones tecnológicas que requieren ser instauradas por la DGII y los contribuyentes, para operar con los nuevos e-CF.

Esta relación directa entre los contribuyentes y la Autoridad Tributaria permitirá la automatización y simplicidad de los procesos, en el entendido de que, luego de la emisión y validación de los e-CF, dichas facturas permanecerán en la base de datos del Fisco, creando así, la sustitución de los formatos de envío 607 y 608.

Evidentemente, los retos y procedimientos que traerá la implementación de los comprobantes fiscales electrónicos serán de vital importancia para el buen funcionamiento de este sistema de control de facturación. La experiencia en países de la región ha sido un precedente para poder determinar la efectividad de la misma, esto, en vista de que los sistemas tributarios de Latinoamérica suelen tener similitudes en sus procesos, tales como Chile, México y Guatemala, en los cuales el proceso inició de forma voluntaria y fue introducida de manera paulatina la obligatoriedad.

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