El Poder Ejecutivo emitió este viernes, el decreto 558-21, que establece el reglamento para la aplicación de la Ley núm. 340-19, del 17 de julio de 2019, se sobre el incentivo y fomentación del mecenazgo cultural en la República Dominicana.
El presente reglamento tiene por objeto establecer normas, procedimientos, protocolos y resoluciones que permitan la justa y adecuada ejecución de lo dispuesto en la ley núm. 340-19, que establece el Régimen de Incentivo y Fomento del Mecenazgo Cultural en la República Dominicana.
En tanto, el Poder Ejecutivo designará al director general de Mecenazgo tal y como lo establece el artículo 14 de la Ley núm. 340-19, el mismo asumirá las funciones de gestionar el mantenimiento y puesta al día de los archivos de la DGM y del CONME, nombrar el personal técnico y administrativo que prestará servicios en la Dirección General de Mecenazgo y a los demás órganos llamados a ejercer como asesores.
Otras funciones que deberá cumplir el director son diseñar, organizar y ejecutar campañas y programas de educación sobre el impacto del mecenazgo en el fomento y fortalecimiento de la economía de la cultura, mediante campañas publicitarias y propaganda en medios de circulación nacional y digitales.
También designará tres profesionales de reconocida calificación en sus respectivas áreas del arte y la cultura, que integrarán comités técnicos especializados de análisis, evaluación y calificación de proyectos culturales.
Para quienes estén interesados en presentar proyectos o propuesta ante Mecenazgo, deberán entregar una serie de documentos y requisitos, entre ellos, una solicitud acompañada de una fotocopia de su cédula de identidad y electoral, currículo actualizado, seis fotos 2×2 y una o más documentaciones que avalen cualesquiera de sus trabajos, sean estos artísticos o de gestión cultural de los últimos cinco años